Kaherin Duque (Goy Gentile/ALnavío).- Desde 2015 España abrió sus puertas a los descendientes de judíos sefardíes para obtener la nacionalidad. La Ley 12/2015 cerró el primero de octubre de 2020 con 132.000 solicitudes. La mayoría procedentes de países de iberoamericanos. Sin embargo, el pasado 9 de septiembre, la Dirección General de Registros y Notariados (DGRN), dependiente del Ministerio de Justicia, estableció un plazo de subsanación de un año a contar desde la fecha de la solicitud que, en ningún caso podía presentarse pasado el 1 de octubre de 2019. Ese plazo de subsanación estaba previsto que finalizara el 1 de septiembre de 2020 para los últimos expedientes presentados. Pero….
Debido a situación creada por la pandemia del coronavirus todos los centros del Instituto Cervantes se han visto obligados a cancelar los exámenes del DELE y CCSE necesarios para la tramitación de los expedientes. De igual manera, se ha suspendido el transporte aéreo de viajeros en y hacia España lo que imposibilita que, este momento, los solicitantes puedan comparecer ante el notario asignado, según establece el artículo 2.2 de la Ley 12/2015.
Como consecuencia de lo anterior, el pasado jueves 14 de Mayo, la directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente, dictó una resolución mediante la cual se amplía el plazo de subsanación de los procesos de concesión de la nacionalidad a los sefardíes originarios de España hasta el 1 de septiembre de 2021. Con la previsión de que dicho termino pueda revisarse posteriormente en función de la evolución de la pandemia del Covid-19 y su incidencia en la actividad administrativa.
Por lo tanto, teniendo en cuenta las circunstancias mencionadas, se ha resuelto:
1-Prorrogar el plazo de subsanación de todas las solicitudes presentadas en plazo en virtud de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, hasta el 1 de septiembre de 2021.
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